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La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, emitió un fallo que redefine la manera en que ciudadanos podrán reclamar daños y responsabilidades contra autoridades en México. El máximo tribunal confirmó que los estados sí pueden imponer plazos legales para promover demandas de responsabilidad patrimonial contra instituciones públicas.

El Pleno de la SCJN sostuvo que “el derecho de acceso a la justicia no implica la inexistencia de plazos”, siempre que estos sean razonables y establecidos por las personas legisladoras. Bajo ese criterio, la Corte avaló la constitucionalidad del artículo 132 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Durango.

Ministros: Irving Espinosa Betanzo y Sara Irene Herrerías Guerra.
Ministros: Irving Espinosa Betanzo y Sara Irene Herrerías Guerra.SCJN

La Corte valida límites para demandar a las autoridades

La resolución confirmó que el plazo de tres meses para promover demandas de responsabilidad patrimonial contra el Estado no viola derechos constitucionales. Según el Alto Tribunal, los congresos estatales pueden establecer términos legales para ejercer acciones judiciales y reclamar posibles daños ocasionados por autoridades.

La SCJN concluyó que el plazo previsto en la legislación de Durango “es proporcional y no impide el ejercicio del derecho a reclamar la responsabilidad patrimonial de la autoridad”.

Con ello, el criterio fortalece la facultad de los estados para regular procedimientos administrativos y judiciales relacionados con reclamos contra el gobierno.

Ministra de la SCJN, María Estela Ríos González.
Ministra de la SCJN, María Estela Ríos González.SCJN

El caso de dos mujeres que llevó el asunto hasta la Suprema Corte

El asunto analizado por la Suprema Corte surgió luego de que dos mujeres solicitaran ser reconocidas como víctimas ante la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas de Durango. Tras retrasos en su inscripción, promovieron en 2021 un juicio contencioso para exigir reparación del daño derivado de la actuación de las autoridades.

Sin embargo, la Sala del Tribunal de Justicia Administrativa de Durango desechó la demanda por haberse presentado fuera del plazo legal establecido. Esa decisión fue confirmada posteriormente en amparo directo y finalmente ratificada por la Suprema Corte, que mantuvo la validez de los límites temporales previstos en la ley estatal.