

Hace unos días, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los contribuyentes que deberán presentar el dictamen de estados financieros a más tardar el 15 de mayo.
En específico, convocó a empresas y personas con actividad empresarial a presentar el documento antes de la fecha límite para evitar multas.
Dicho dictamen comprende el informe de un contador público autorizado, quien emite su opinión sobre la naturaleza, alcance y resultado de la situación financiera del ciudadano.

Quiénes deben presentar el dictamen de estados financieros
En específico, esta obligación fiscal aplica para las empresas que, en el ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan acumulado ingresos iguales o superiores a 1,855,919,380 pesos por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR), o bien, aquellas que tengan acciones colocadas en la bolsa de valores.
Por otra parte, las personas físicas con actividad empresarial tienen la opción de presentar esta obligación si cumplen con por lo menos uno de los siguientes supuestos:
Ingresos acumulables superiores a 157,785,270 pesos,
Valor de activos superior a 124,650,380 pesos, o
Haber contado con al menos 300 trabajadores que prestaron servicios en cada mes del ejercicio fiscal declarado.
De cuánto es la multa por no hacer este trámite antes del 15 de mayo
Los contribuyentes que no presenten el dictamen de estados financieros antes del 15 de mayo serán acreedores de multas que van desde los 17,330 a 173,230 pesos.
Asimismo, se les puede restringir el uso del Certificado del Sello Digital, que es necesario para emitir comprobantes fiscales y, en caso de no solventar el incumplimiento, puede derivar en la cancelación definitiva, entre más penalizaciones establecidas en las disposiciones fiscales.














