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Hay algo que muchos padres no saben y que puede complicarles la vida, o la de sus hijos, en el peor momento: la Ley de Sucesiones no actúa sola.

Si tenés menores como herederos y bienes registrables a tu nombre, la ley tiene reglas claras sobre qué pueden hacer, y qué no, con esa herencia.

El Código Civil y Comercial de la Nación establece que los menores de edad no pueden administrar ni disponer libremente de los bienes que heredan. Esa facultad recae en sus representantes legales, es decir, el progenitor o tutor que quede a cargo.

Sin embargo, hay un límite importante: cualquier acto de disposición sobre esos bienes, como una venta, requiere autorización judicial previa.

Qué pasa con los bienes si no dejás nada aclarado

Si fallecés sin testamento y dejás hijos menores como herederos forzosos, la ley los protege. Sin embargo, esa protección tiene un costo en términos de tiempo y trámite para quien quede a cargo.

Si fallecés sin testamento y dejás hijos menores como herederos forzosos, la ley los protege.
Si fallecés sin testamento y dejás hijos menores como herederos forzosos, la ley los protege.

El progenitor sobreviviente no puede, por ejemplo, vender un inmueble heredado por el menor sin presentarse ante un juez y demostrar que esa venta es conveniente para el niño. El juez evalúa el caso y decide. Este proceso puede demorar meses.

En este contexto, lo que podés hacer hoy para anticiparte incluye:

  • Redactar un testamento en el que dejés instrucciones claras sobre la administración de los bienes.
  • Designar un tutor para tus hijos en ese mismo documento, si no querés que sea el otro progenitor-
  • Consultar con un escribano sobre la figura del fideicomiso, que permite definir condiciones para el uso de los bienes.

La herramienta concreta que la ley pone a tu disposición

El testamento ológrafo es gratuito, no requiere escribano y tiene plena validez legal si está escrito de puño y letra, fechado y firmado. Es el punto de partida mínimo para cualquier padre con bienes a su nombre.

Si bien no reemplaza al asesoramiento profesional, da un marco de instrucciones que el juez puede considerar al momento de tomar decisiones sobre el patrimonio de tus hijos.

La otra herramienta clave es el fideicomiso testamentario, que permite designar a un fiduciario que administre los bienes hasta que el menor alcance la mayoría de edad, según las condiciones que vos definís.

En conclusión, la ley protege a tus hijos, pero no organiza el proceso por vos. Ese paso lo tenés que dar ahora.