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El calendario federal de días festivos anuales contempla un total de 11 feriados obligatorios para todos los empleados federales, destinados a conmemorar efemérides de relevancia nacional e internacional.

En ese sentido, si bien en octubre tuvo lugar el último fin de semana largo del año, el cronograma establece que aún restan tres asuetos por delante, que todos los estados respetarán.

Estas fechas especiales estarán repartidas entre noviembre y diciembre, siendo el mes siguiente el que dará lugar a dos de ellas.

Feriado triple y nuevos días de descanso: cuáles son las fechas confirmadas

De acuerdo con lo detallado por el sitio web oficial del Gobierno de Estados Unidos, el próximo feriado en el calendario es el que conmemora el Día de los Veteranos, que tendrá lugar el martes 11 de noviembre y está destinado a brindar honor a quienes sirvieron en las Fuerzas Armadas de Estados Unidos.

Luego, el jueves 27 de noviembre, se celebrará el Día de Acción de Gracias, una de las fechas más favorecedoras para el turismo, que recuerda la primera cosecha exitosa compartida entre colonos y nativos.

Finalmente, este año el 25 de diciembre de Navidad también caerá jueves, cortando semana para todo el país.

Información importante del triple feriado: estas instituciones estarán cerradas

Es esencial considerar que durante los feriados contemplados en el calendario federal diversos negocios privados, oficinas gubernamentales -como el servicio postal o los DMVs- y bancos estarán cerrados al público.

Aunque no habrá atención presencial a los clientes en ninguna institución bancaria, en caso de necesitar realizar operaciones financieras básicas, los ATMs funcionarán con normalidad y, generalmente, también la banca online y las aplicaciones móviles.

Existen ciertos trámites bancarios que podrían sufrir retrasos debido al horario especial, por lo que se aconseja verificar en el sitio de cada institución.

Atención trabajadores: esto dice la ley sobre el pago durante los feriados

La Ley de Normas Justas de Trabajo (FLSA) no exige a ningún empleador a realizar pagos adicionales a quienes deban laborar durante feriados o fines de semana.

En estas ocasiones, se otorga el salario habitual correspondiente, a no ser que el trabajador tenga un contrato en el que se acuerde diferencialmente la entrega de un pago extra por mantenerse en actividad durante las festividades.