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Tras la muerte de un ser querido, muchos se preguntan sobre cómo se repartirá la herencia y los bienes entre los familiares allegados. Si bien se suelen dejar testamentos para indicar la repartición, puede ser declarado nulo en caso se esté acorde a las normas indicadas al Código Civil y Comercial de la Nación.
En estos casos, se inicia el proceso de la sucesión intestada, el cual se aplica cuando no existe un testamento o no abarca la totalidad de los bienes del fallecido. De esta forma, se busca evitar conflictos legales a través de un sistema que asigna la herencia a los familiares más cercanos.
Ley de Sucesiones: cómo se reparte la herencia cuando muere una persona
Actualmente, existen dos formas de sucesión:
- Por testamento: ocurre cuando el fallecido dejó un testamento válido que expresa su voluntad sobre la repartición de los bienes. Es limitada por la legítima hereditaria, la cual garantiza una porción mínima a quienes son considerados herederos forzosos como hijos, padres y cónyuge.
- Sucesión intestada: aplica cuando no hay testamento, el mismo es inválido o no abarca todos los bienes. La ley será la encargada de determinar quiénes reciben los bienes y cómo se reparte la herencia.

¿Cuándo se considera inválido un testamento?
Según indican los artículos 2462 y 2531 del Código Civil y Comercial, el testamento puede ser declarado inválido por las siguientes razones:
- Por tener defectos de forma.
- Por violar una prohibición legal.
- Por haber sido otorgado por persona privada de la razón en el momento de testar. La falta de razón debe ser demostrada por quien impugna el acto.
- Por haber sido otorgado por persona judicialmente declarada incapaz
- Por ser el testador una persona que sufre limitaciones para comunicarse en forma oral y, además, no saber leer ni escribir, excepto que lo haga por escritura pública, con la participación de un intérprete en el acto
- Por haber sido otorgado con error, dolo o violencia.

¿Cómo se reparte la herencia cuando un testamento no es válido?
En caso de una sucesión intestada, el artículo 2340 del Código Civil y Comercial señala un orden de llamamiento que establece prioridades:
- Descendientes (hijos, nietos): tienen prioridad y excluyen a los demás.
- Ascendientes (padres, abuelos): heredan solo si no hay descendientes.
- Cónyuge: hereda junto con descendientes o ascendientes, según el caso.
- Colaterales (hermanos, sobrinos): heredan si no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge.
- El Estado: si no hay herederos, el patrimonio pasa al Estado.
En caso de que no haya herederos ni legatarios, la herencia se declara vacante. Es decir, el juez ordenará que los bienes patrimoniales pasen al Estado. Si se reclama la herencia posteriormente, se deberá iniciar un proceso llamado petición de herencia y aceptar los bienes en el estado que se encuentren.
Ley de Sucesiones: cuál es el paso a seguir
El proceso de sucesión deberá realizarse en los tribunales frente a un juez a través de los siguientes pasos:
- Inicio del juicio: un heredero o interesado solicita la apertura de la sucesión en el juzgado del último domicilio del fallecido.
- Presentación de documentación: se deberá presentar el certificado de defunción, actas de nacimiento o matrimonio, y títulos de propiedad.
- Declaratoria de herederos: en sucesiones intestadas, el juez reconoce a los herederos legales. En las testamentarias, se verificará la validez del testamento.
- Inventario y tasación: se realiza un listado detallado de los bienes y su valoración.
- Partición y adjudicación: los bienes se distribuyen entre los herederos según lo que establece la ley o el testamento.

















